Nuevo Real Decreto de accesibilidad cognitiva: qué obliga y desde cuándo
El Real Decreto 707/2026 entra en vigor el 2 de enero de 2027 y exige que la información se entienda, no solo que se vea o se oiga. Qué pide a museos, transporte, administraciones, comercios, centros sanitarios y empresas, y por dónde empezar.

El 3 de septiembre de 2026 el BOE publicó el Real Decreto 707/2026, que aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva. Es la primera vez que España regula con obligaciones concretas algo que hasta ahora solo estaba enunciado: que no basta con que la información se vea o se oiga, también tiene que entenderse.
Entra en vigor el 2 de enero de 2027. Aquí te contamos qué dice, a quién obliga y qué puedes ir haciendo para llegar a tiempo. Si antes quieres el marco general, lo resumimos en la Ley General de Discapacidad en España: qué cambia en 2026.
Qué es la accesibilidad cognitiva
Accesibilidad cognitiva es que cualquier persona pueda entender la información que le da su entorno, comunicarse con él y hacer lo que ha ido a hacer sin depender de nadie. No va de ver ni de oír: va de comprender.
El reglamento nombra las herramientas que sirven para conseguirlo:
- Lenguaje sencillo y lenguaje claro: frases cortas, palabras de uso común, sin siglas ni rodeos.
- Lectura fácil: un método con pautas propias, recogidas en la norma UNE 153101.
- Pictogramas y apoyos visuales, que la norma quiere además estandarizar.
- Sistemas de orientación espacial: saber dónde estás y cómo llegar a donde vas.
- Tecnología, incluida expresamente la inteligencia artificial, como recurso de accesibilidad cognitiva.
A quién protege: mucha más gente de la que parece
Este es el cambio de mentalidad más importante de la norma, y el que más conviene entender antes de planificar nada. El reglamento define las dificultades cognitivas así:
"Barreras que encuentra una persona en la comprensión, comunicación e interacción con otras personas y con su entorno, derivadas de discapacidad, de situaciones de salud, de la edad, de factores socioeconómicos —como la pobreza o el analfabetismo— o de factores contextuales —como el desconocimiento del idioma."
Es decir: la persona mayor que no descifra el cartel, la turista que no habla español, quien dejó pronto la escuela y quien llega a urgencias asustado están todos dentro. Deja de ser un asunto de un colectivo pequeño y pasa a ser un asunto de público general. Lo veíamos venir y lo contamos hace meses en accesibilidad cognitiva: más allá de la discapacidad visual; ahora está en el BOE.
Desde cuándo se aplica
- 2 de enero de 2027: entra en vigor el reglamento completo.
- 2 de enero de 2029: el Ministerio de Transportes publicará un informe sobre la accesibilidad cognitiva de aeropuertos y estaciones de tren, con recomendaciones concretas de mejora.
- 3 de septiembre de 2029: el Centro Español de Accesibilidad Cognitiva propondrá un catálogo oficial de pictogramas de señalización, público y gratuito, con uno declarado preferente.
- 2 de enero de 2042: fecha tope para las señales y avisos de todo el transporte, con aplicación progresiva y prioridad para las infraestructuras de mayor tránsito.
Ojo con las fechas largas: son topes, no permisos para esperar. En espacios urbanos y edificios las condiciones se exigen ya en obra nueva y en cualquier renovación, así que lo que reformes en 2027 tendrá que salir hecho.
Qué tiene que hacer tu organización
Museos, bibliotecas, archivos, teatros y centros culturales
Es el sector con la obligación más exigente y más inmediata. Los folletos y paneles informativos de los centros culturales del Estado y de las comunidades autónomas tienen que estar disponibles en lectura fácil. Y además en un formato alternativo al escrito: audio de esa adaptación, otros apoyos visuales o tecnologías de la información.
La señalización de seguridad y la del recorrido tienen que permitir entender la visita, con pictogramas o elementos gráficos que distingan las partes de la exposición. Y se pide informar por adelantado de las condiciones ambientales —ruido, luz, estímulos— para que quien lo necesite pueda prepararse. Si gestionas un espacio así, te interesa nuestra página de museos y espacios culturales.
Transporte
Estaciones, paradas, recorridos y vehículos deben ser de uso fácil, intuitivo y fáciles de entender, y lo mismo las indicaciones de entradas, llegadas, salidas y trayectos. La señalización tiene que ofrecerse en formato escrito, en audio o táctil, y las oficinas de información deben disponer de sistemas de comunicación aumentativa y alternativa.
El plazo máximo es de quince años, pero la norma pide priorizar las infraestructuras con más viajeros. En la práctica, cada renovación de señalética que hagas desde 2027 ya debería incorporar estos criterios. Lo desarrollamos en transporte público.
Administraciones públicas
Formularios, solicitudes y guías de cumplimentación en lectura fácil. Apoyos visuales y auditivos en las instrucciones y en las guías de uso de sedes y aplicaciones. Personal formado para atender presencialmente. Y una novedad relevante: una persona con discapacidad intelectual reconocida puede pedir, en cualquier momento, que el resto de su trámite se desarrolle con medidas de accesibilidad cognitiva.
Comercio, banca y servicios al público
La información de todos los servicios que ofreces debe difundirse en formatos y soportes comprensibles. La información comercial, en lenguaje sencillo y con apoyos visuales cuando sea posible. La contratación, el consentimiento y las instrucciones de uso, en lenguaje sencillo. Y la hoja de reclamaciones, en lectura fácil.
Hospitales y centros sanitarios
Aquí la norma da el control a la persona: es ella quien elige en qué formato quiere recibir la información sobre tratamientos, intervenciones y medicación. Urgencias debe permitir que la persona use su medio habitual de comunicación y disponer de apoyos a la comunicación. Y siempre se permite acudir acompañado por alguien de confianza. Más contexto en hospitales y centros de salud.
Empresas, como empleadoras
La documentación de prevención de riesgos laborales y la de los protocolos de emergencia se elabora en lenguaje claro y debe tener una versión en lectura fácil, con apoyos visuales cuando sea posible. Las ofertas de empleo se publican en lenguaje sencillo, y cualquier candidatura puede pedir sin coste una adaptación de la entrevista. Lo vemos con detalle en entornos corporativos.
Dos reglas que se aplican a todo
Por encima de cada sector, el reglamento fija dos condiciones que conviene tener muy presentes al elegir proveedor.
- Sin coste para la persona. La información accesible debe darse «sin coste adicional, incluso en aquellos casos en los que se apoye en herramientas tecnológicas, aplicaciones o asistentes virtuales». Si una solución obliga al usuario final a pagar, registrarse o suscribirse, no sirve.
- Sin esperas. Pedir una adaptación no puede provocar una dilación indebida, y menos todavía en una urgencia, una reclamación o el ejercicio de un derecho.
Hay un tercer matiz que afecta sobre todo a la señalización: en seguridad y emergencias la información debe ser fácil y rápidamente perceptible e identificable por cualquier persona, sea cual sea su capacidad cognitiva. No vale con que esté: tiene que verse y entenderse deprisa.
Cómo ayuda NaviLens
Conviene decirlo claro antes que nada: el reglamento no obliga a usar ninguna tecnología concreta, y ningún producto te deja la norma cumplida por sí solo. Lo que exige es que la información llegue de forma comprensible y, en varios casos, en un formato alternativo al escrito. Ahí es donde encaja un código NaviLens.
Impreso en un panel, una parada, una sala o un folleto, el mismo código entrega el contenido de varias maneras a la vez en el móvil de cada persona:
- El texto que prepare cada organización, en frases cortas o en lectura fácil, junto a la versión completa para quien la quiera.
- Audio, que es literalmente el formato alternativo al escrito que pide la norma para los centros culturales.
- El idioma del teléfono, sin que nadie tenga que buscar ni elegir nada. Recuerda que el reglamento considera el desconocimiento del idioma una dificultad cognitiva.
- Texto grande y alto contraste para quien lo necesite.
- Una app pensada para la accesibilidad cognitiva: NaviLens GO, con interfaz simplificada y pictogramas, para personas con discapacidad cognitiva o intelectual y personas mayores. El mismo código sirve para las dos apps.
- Detección a varios metros de distancia, en movimiento y sin tener que apuntar, para quien no puede acercarse a leer un cartel.
A eso se suman dos ventajas prácticas que pesan mucho en un presupuesto público: el código se imprime sobre la señalización que ya tienes, sin obra ni instalación eléctrica, y el contenido se edita después sin reimprimir nada. Si cambia un recorrido, si hay una obra o si en 2029 sale el catálogo oficial de pictogramas, se actualiza el contenido y la señal se queda donde está.
Y un detalle que encaja con el artículo 5: la app que usa la persona es gratuita y no exige registro ni suscripción. El coste lo asume quien despliega, nunca quien necesita entender.
NaviLens no sustituye a la señalización ni al trabajo de redactar en lectura fácil: los acompaña. El panel sigue haciendo falta y el texto hay que escribirlo bien. Lo que añade el código es la capa que lo lee en voz alta, lo traduce y se adapta a cada persona.
Por dónde empezar
- Haz inventario de la información que hoy das solo por escrito: paneles, folletos, formularios, instrucciones, hojas de reclamaciones, documentación de emergencias.
- Prioriza lo que más se usa y lo que peores consecuencias tiene si no se entiende: seguridad, evacuación, urgencias y trámites.
- Adapta primero el contenido y después la tecnología. La lectura fácil y el lenguaje claro son trabajo editorial: si el texto no está bien escrito, ningún canal lo arregla.
- Valídalo con personas con dificultades cognitivas. El reglamento pide expresamente procesos de verificación en los que participen, y un pliego puede exigirlo.
- Elige cómo lo entregas: impreso, audio, pictogramas, digital. Cuantas más vías sobre el mismo contenido, mejor cubres la diversidad de personas que la norma describe.
Enero de 2027 está más cerca de lo que parece, y lo que más tiempo lleva no es instalar nada: es revisar y reescribir la información. Si quieres que miremos juntos tu caso concreto, escríbenos y lo vemos.
Preguntas frecuentes
- ¿Desde cuándo es obligatorio el Real Decreto 707/2026?
- Se publicó en el BOE el 3 de septiembre de 2026 y entra en vigor el 2 de enero de 2027. Algunos ámbitos tienen plazos propios más largos, como el transporte, con un máximo de quince años para las señales y avisos, pero el reglamento como tal se aplica desde enero de 2027.
- ¿Afecta solo a la Administración o también a las empresas?
- También a las empresas. El reglamento alcanza a los proveedores de bienes y servicios a disposición del público, a los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España, a los operadores de transporte y a las empresas en su papel de empleadoras, entre otros.
- ¿Accesibilidad cognitiva y lectura fácil son lo mismo?
- No. La lectura fácil es una de las herramientas de la accesibilidad cognitiva, con pautas propias recogidas en la norma UNE 153101. La accesibilidad cognitiva es el objetivo, y también incluye el lenguaje claro y sencillo, los pictogramas, los apoyos visuales, la comunicación aumentativa y alternativa, los sistemas de orientación y la tecnología.
- ¿Qué pasa si no se cumple?
- El real decreto no crea un régimen sancionador nuevo: se remite al del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y, en su caso, a la legislación autonómica. Lo que sí hace es concretar qué se considera un incumplimiento, que hasta ahora era difícil de precisar.
- ¿Con NaviLens cumplo el reglamento?
- No, y nadie debería prometértelo. El cumplimiento depende de tu contenido, tu señalización, tu atención al público y tus procesos. NaviLens es un canal que ayuda a cubrir requisitos concretos, como entregar la información en un formato alternativo al escrito, en audio, en varios idiomas y de forma comprensible, pero no sustituye al resto del trabajo.
Fuentes
- BOE · Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva (se abre en pestaña nueva)
- BOE núm. 218, de 3 de septiembre de 2026 · texto completo en PDF (se abre en pestaña nueva)
- BOE · Ley 6/2022, de 31 de marzo, que introdujo la accesibilidad cognitiva en la Ley General de derechos de las personas con discapacidad (se abre en pestaña nueva)


