Ley General de Discapacidad en España: qué cambia en 2026
El Real Decreto Legislativo 1/2013 evoluciona con la EAA y nuevas obligaciones. Resumen práctico para empresas y administraciones.

España traspuso la European Accessibility Act con la Ley 11/2023, de 8 de mayo, que modificó el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad (RDL 1/2013). En 2026 entran en vigor obligaciones adicionales y el régimen sancionador despliega plenamente sus efectos.
El marco legal español es uno de los más exigentes de la UE: combina la ley estatal, los desarrollos autonómicos (especialmente en Cataluña, País Vasco y Andalucía) y la normativa sectorial (transporte, banca, comunicaciones). Este artículo resume lo esencial para empresas y administraciones.
Lo que ya aplica
Productos y servicios incluidos en el ámbito de la EAA deben cumplir desde junio de 2025: comercio electrónico, banca al consumidor, transporte de viajeros, comunicaciones electrónicas, libros electrónicos, hardware y sistemas operativos, terminales de pago.
Los sitios web y apps del sector público ya estaban obligados desde 2018 (RD 1112/2018, en transposición de la Directiva 2016/2102). El nivel exigido es WCAG 2.1 AA y la declaración pública de accesibilidad es obligatoria.
Lo nuevo en 2026
- Refuerzo del régimen sancionador: las CCAA empiezan a aplicar plenamente las inspecciones
- Mayor exigencia documental para productos importados de fuera de la UE
- Inspecciones programadas en sectores prioritarios: banca, transporte, comercio electrónico
- Endurecimiento de los criterios de carga desproporcionada
- Obligación reforzada de formación al personal en empresas de más de 50 empleados
Sanciones
Las multas por infracción muy grave alcanzan el millón de euros. Las graves van de 30.001 a 300.000 euros. Las leves, de 301 a 30.000 euros. Además, las autoridades pueden ordenar la retirada del producto del mercado o la suspensión del servicio.
Se consideran muy graves las prácticas discriminatorias reiteradas, las represalias contra denunciantes y el incumplimiento sistemático de requisitos esenciales tras requerimiento administrativo.
Quién vigila
El control corresponde al Real Patronato sobre Discapacidad, al Observatorio Estatal de la Discapacidad y a las CCAA, cada una con su normativa autonómica. La Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS) recoge denuncias ciudadanas y eleva expedientes.
Recomendación
Si aún no tienes una auditoría de cumplimiento, hazla este trimestre. La curva de adaptación tarda meses: priorizar, asignar presupuesto, contratar proveedores, desplegar y validar. Empezar tarde garantiza llegar tarde, y el coste de la sanción supera al de la prevención por al menos un orden de magnitud.
Recursos útiles
- Real Patronato sobre Discapacidad — recomendaciones y modelos
- CEAPAT — centro de referencia estatal en accesibilidad
- AENOR — normas UNE de accesibilidad y certificación
- CERMI — interlocución y orientación a empresas
- Federaciones autonómicas y entidades sectoriales (ONCE, CNSE, Plena Inclusión, Down España)